| Graduado Social |
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Código Deontológico. |
| - Descargar en pdf. |
Estatutos. |
| - REAL DECRETO 1415/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales. |
| - Real Decreto 503/2011, de 8 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales. |
Ordenes. |
| - Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Graduado Social. |
Funciones. |
| - El Graduado Social, una vez finalizada su carrera universitaria se incorpora obligatoriamente, si pretende ejercer como tal, al Colegio Profesional donde se encuentre ubicado su Despacho Profesional. Ya colegiado se convierte en un Técnico en materias Sociales y Laborales y, como tal, estudia, asesora, representa, gestiona, sin apoderamiento especial, todos aquellos asuntos laborales y de Seguridad Social que le sean encomendados por particulares, administración y terceros. |
| - El Graduado Social, entre sus principales competencias asisten en representación ante los Tribunales del Orden Social (Juzgados de lo Social) en todos aquellos asuntos que le sean encomendados por empresas, trabajadores, pensionistas, sindicatos, corporaciones, etc., teniendo en exclusiva como tal Graduado Social, la facultad de confeccionar mensualmente las liquidaciones a la Seguridad Social que realizan las empresas, así como tramitar y asesorar todos los expedientes de jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad, favor de familiares y todas aquellas prestaciones que se realizan ante la Seguridad Social. |
| - Por todo, el Graduado Social es hoy en nuestra sociedad un valedor importante de todas las actuaciones que se realizan en el mundo del trabajo y de la Seguridad Social, detallando seguidamente algunos ejemplos de su actuación como tal: |
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VIA ADMINISTRATIVA |
| - Representación y dirección técnica de procedimiento ante: Inspección de Trabajo, Centro de Conciliación previa a la vía judicial. |
INSS |
| - Tesorería General de la Seguridad Social. Recursos IMSERSO. Reclamaciones de salarios. Clasificación Profesional. Sanciones. Peritos en materia laboral y social ante los Tribunales de Justicia. |
VIA JUDICIAL |
| - Representación ante Tribunales de lo Social en todo tipo de procedimientos laborales, de Seguridad Social como: Despidos. Prestaciones contributivas y no contributivas. |
SERVICIOS A EMPRESARIOS |
| - Formalización Seguros Sociales. Confección de recibos de salarios. Asesoramiento en convenios colectivos. Contratación Laboral. Legalización de empresas. Altas y bajas trabajadores. Carta de pago IRPF. Autorizaciones de trabajo y residencia para extranjeros. Conflictos Colectivos. Subvenciones y bonificaciones de creación de empleo. Auditoria Laboral. Selección de personal. |
SERVICIOS A LOS TRABAJADORES |
| - Asesoramiento en convenios colectivos. Contrato laboral. Desempleo. Altas y bajas de trabajadores. Cartas de pago de IRPF. Conflictos Colectivos. Accidentes de trabajo. Cooperativas. Sociedades Laborales. Huelgas. |
SERVICIOS A LOS BENEFICIARIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL |
| - Habilitación. Asesoramiento y trámite de prestaciones. Jubilación. Invalidez. Viudedad. Orfandad. Asistencia Social. |
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