Será titular de una autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas la persona extranjera que haya sido habilitada a permanecer en España por un periodo superior a noventa días naturales con el fin de llevar a cabo alguna de las siguientes actividades:
- Realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria.
- Realización de actividades formativas
- Participación en un programa de movilidad de alumnos
- Participación en un programa de voluntariado
Para iniciar el proceso, la persona extranjera debe solicitar el correspondiente visado personalmente (o por representante legalmente acreditado en los casos reglamentariamente previstos) en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia, acompañando a su solicitud la documentación procedente.
En los casos que permitan su presentación desde España, la solicitud para este tipo de autorización podrá presentarse de forma presencial en las dependencias de las Oficinas de Extranjería con cita previa, o de forma telemática. Consulte cómo hacerlo pinchando en FORMAS DE PRESENTACIÓN.