Debe solicitarla el empleador que quiera contratar, durante un máximo de 12 meses, como trabajadores en formación o como trabajadores en prácticas a trabajadores extranjeros que, en el momento de la solicitud, no sean residentes en España y no se encuentren irregularmente en España.
A T E N C I Ó N: Para presentar solicitudes de este tipo de autorización, es obligado obtener una cita previa. Consulte cómo hacerlo pinchando en SOLICITUD INICIAL - PETICIÓN DE CITA PREVIA. |