COMPATIBILIDAD DE ACTIVIDADES POR CUENTA AJENA Y POR CUENTA PROPIA
 
Deben solicitarla los extranjeros que ya tengan una autorización para residir y trabajar por cuenta propia y además quieran trabajar por cuenta ajena o, por el contrario los ya autorizados a residir y trabajar por cuenta ajena y además quieran trabajar por cuenta propia.
 
SI ESTÁ AUTORIZADO A TRABAJAR POR CUENTA PROPIA Y LA NUEVA ACTIVIDAD ES CUENTA AJENA
 
A T E N C I Ó N: Para presentar solicitudes de este tipo de autorización, es obligado obtener una cita previa. Consulte cómo hacerlo pinchando en PETICIÓN DE CITA PREVIA.
 
MUY IMPORTANTE
Estas solicitudes las debe realizar el empleador o empresa que quiere contratar al extranjero por lo que la presentación de las solicitudes en la Oficina de Extranjeros debe hacerlas una persona que acredite estar legitimada para ello.
Pinchando en PERSONAS LEGITIMADAS encontrarán un cuadro en el que se informa de qué personas están legitimadas para presentar estas solicitudes ante la Oficina de Extranjeros.
Si la persona que viene en nombre del empleador o empresa no está legitimada para la presentación o no lo acredita en ese momento, podrá inadmitirse a trámite la solicitud.
 
SI ESTÁ AUTORIZADO A TRABAJAR POR CUENTA AJENA Y LA NUEVA ACTIVIDAD ES CUENTA PROPIA
 
A T E N C I Ó N: Las solicitudes de este tipo de autorización, se presentan en cualquier registro público. Consulte los registros públicos de la provincia de Alicante pinchando en LUGARES DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
 
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA SU SOLICITUD

IMPRESO DE SOLICITUD EX-03
IMPRESO DE SOLICITUD EX-07

PETICIÓN DE CITA PREVIA

PERSONAS LEGITIMADAS

LEGALIZACIÓN Y TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS

SITUACIÓN NACIONAL DE EMPLEO
Supuestos en que no se tiene en cuenta

LUGARES DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

IR A LEY DE EXTRANJERÍA

IR A REGLAMENTO DEL RÉGIMEN GRAL.